Historico de Transparencia


CÁPITULO II DE LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA COMUNES

Articulo 69. Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en sus respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan: